Resumen: La sentencia de la Sala de Cataluña desestima la demanda de impugnación del despido colectivo comunicado por la demandada Magmacultura SL al estimar la excepción de falta de legitimación activa tanto del Sindicato Solidaridad y Unidad de los Trabajadores y por la Sección sindical del mismo en la empresa. Se razona en la sentencia de instancia que no se acredita que tengan implantación suficiente en la empresa. Recurre el sindicato actor en casación instando una extensa modificación del relato fáctico. La sala IV, aplicando los criterios jurisprudenciales sobre los requisitos para que pueda acogerse la revisión fáctica, desestima todas las solicitudes de modificación o ampliación de los hechos probados. Y, ante el fracaso de este primer motivo, se confirma la falta de legitimación activa del sindicato, al no haber acreditado implantación suficiente en el ámbito del despido colectivo, sin que la existencia de una sección sindical en la empresa sea suficiente a tales efectos. Se desestima el recurso.